La
ley de mutuas criminaliza al enfermo y privatiza la sanidad
En esta nota se analiza el proyecto de Ley de Mutuas recién
aprobado, que confiere mayores competencias a estos organismos, en detrimento
de la salud de los trabajadores y trabajadoras, tras la intensa campaña de la
patronal para que las empresas concierten con las mutuas la gestión de la
enfermedad común.
Tras la intensa campaña realizada durante años por la patronal
CEOE contra el “absentismo fraudulento de los trabajadores y la negligencia de
los médicos de los Servicios Públicos de Salud en la concesión de bajas por
enfermedad común” – que ha sido apoyada con incentivos económicos por los
Gobiernos del PSOE y el PP para que las empresas concierten con las mutuas la
gestión de la enfermedad común- el Gobierno Rajoy les concede un nuevo regalo
de Navidad: ha aprobado la el anteproyecto de Ley de Mutuas, que les concede
mayores competencias. Al mismo tiempo anuncia un ahorro anual de 511 millones
de euros mediante la reducción del absentismo laboral. Lo que no cuentan es el
perjuicio que soportaran los más débiles, es decir, los enfermos.
La campaña de las mutuas y la CEOE, apenas ha tenido respuesta
desde los sindicatos y los comités de empresa (salvo limitadas campañas en
Euskadi), ni tampoco por los médicos de atención primaria ni las plataformas de
defensa de la sanidad publica.
La aprobación del proyecto Ley de Mutuas se produce con el
desprecio absoluto a las reivindicaciones sindicales. Sobre todo, cuando se
generaliza el “Presentismo”, es decir, la práctica de acudir enfermo al
trabajo, para evitar ser despedido u obligado por las dificultades económicas,
tras desaparecer con la baja por enfermedad muchos de los complementos
salariales recogidos en los convenios.
Ley de mutuas
Con el objetivo de reforzar la lucha contra “el absentismo
laboral injustificado” y conseguir “mejorar la competividad de las empresas“,
el Gobierno del PP aprobó el proyecto Ley de Mutuas, mediante el cual dejarán
de denominarse Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de
la Seguridad Social (MATEPSS), para pasar a ser Mutuas de la Seguridad Social,
después de asumir competencias más amplias que la cobertura de los accidente de
trabajo y las enfermedades profesionales.
A partir de la ley, las mutuas patronales asumen el control
desde el primer día de todas las bajas de los trabajadores enfermos, incluida
la enfermedad común, la maternidad o el accidente no laboral, en los supuestos
que la Mutua haya concertado con el empresario la gestión de la incapacidad
temporal por contingencia común.
Las mutuas tendrán la competencia de denegar, suspender o
anular la prestación económica, sin perjuicio de los partes de alta o baja
emitidos por los médicos de la sanidad publica. Cuando las mutuas, en su
función de control y seguimiento de la incapacidad temporal, consideren que el
beneficiario podría no estar impedido para el trabajo, realizaran propuestas
motivadas de alta a través de sus médicos, dirigidas al facultativo de la
sanidad publica que emitió la baja y la Inspección Medica dispondrá de 5 días,
para comunicarle el alta o la confirmación de la baja con un informe
justificativo. Transcurrido el plazo de cinco días, si la mutua no recibe la
confirmación de la baja (como probablemente sucederá), está adoptara la
decisión de extinguir la prestación económica. Los enfermos y las mutuas,
podrán impugnar dichas resoluciones ante el Instituto de la Seguridad Social,
incluso judicialmente, aunque la opinión y las resoluciones de las mutuas salen
reforzadas en el procedimiento en la nueva Ley. Igualmente, las mutuas anularán
la prestación económica, en el supuesto de incomparecencia del enfermo a la
cita de control de incapacidad temporal en sus instalaciones.
Asimismo, la Ley obliga a eliminar en su totalidad la
participación de las mutuas en las sociedades de prevención, creadas a finales
de los años 90 por dichas entidades. A lo largo de 2014, deberán vender o
cerrar dichos servicios de prevención ajenos: privatización absoluta.
¿Qué son las mutuas?
Con la Ley de Accidentes de Trabajo promulgada en el año 1900,
las mutuas se constituyen como asociaciones de empresarios para asegurar los
posibles daños de sus trabajadores ocasionados por los accidentes de trabajo.
Su papel inicial era asegurar las prestaciones económicas, pero mas tarde
asumirán actividades rehabilitadoras o curativas y de control de seguridad e
higiene en las empresas asociadas.
Con la creación de la Seguridad Social, a mediados de los años
60, en plena Dictadura, las mutuas logran consolidar un sistema dual: 1) La
protección de los accidentes y enfermedades profesionales de los trabajadores,
cubiertos mediante cuotas de la Seguridad Social, que será gestionada por las
mutuas patronales, como entidades “sin ánimo de lucro” colaboradoras de la
Seguridad Social; 2) El Servicio Nacional de Salud, universal y financiado vía
impuestos, cuya gestión será transferida más tarde a las comunidades autónomas.
En la actualidad, tras un proceso de fusión, existen 20 mutuas,
con diferentes tamaños e implantación territorial, siendo previsibles nuevas
fusiones o absorciones, que serán bendecidas por el Ministerio de Empleo y
Seguridad Social. Estas Mutuas son: Fremap, Asepeyo, Universal, Fraternidad, MC
Mutual, Ibermutuamur, Umivale, Maz, Activa, Mutualia, Unimat, Gallega, Balear,
Egasart, Montañesa, Intercomarcal, Mac, Cesma, Navarra y Solimat, que en su
conjunto obtienen unos ingresos anuales de 10.189.467.670,25 euros, por
cotizaciones de las empresas, disponiendo de una plantilla de 20.730 empleados
y empleadas.
De asegurar inicialmente los daños sufridos por los
trabajadores accidentados, las mutuas han logrado ampliar sus funciones y
competencias, gracias a la apuesta y convicción de los Directores Generales y
gestores políticos de la Seguridad Social que, independientemente de que el
gobierno fuese del PSOE o del PP, han venido afirmando, con poca vergüenza que
“la gestión privada es más eficaz que la publica”.
Veamos algunas de las funciones de las mutuas:
La gestión de las prestaciones económicas y de
asistencia sanitaria, incluida la rehabilitación de las contingencias
profesionales, es decir de los accidentes de trabajo y las enfermedades
profesionales.
La gestión de la prestación económica por
incapacidad temporal por enfermedad común, tras acuerdo con el empresario.
La gestión de la prestación por riesgo laboral
durante el embarazo o lactancia.
La gestión de las prestaciones económicas por
cese de la actividad de los trabajadores por cuenta propia o autónomos.
La gestión de la prestación por cuidado de menores
afectados por cáncer u otra enfermedad grave.
Las Juntas Directivas de las Mutuas estarán
compuestas por diez o quince empresarios, de los cuales el 30%, corresponderá a
aquellas empresas con mayor numero de trabajadores, garantizándose la participación
de un representante de los trabajadores de la Mutua. No podrá ostentar el cargo
de Director-Gerente, aquellas personas que desarrollen actividad remunerada en
cualquier empresa asociada. Pero, curiosamente, no existe obstáculo alguno para
que el Director Gerente de MUTUALIA, la mutua de mayor implantación en Euskadi,
sea a su vez presidente de CONFEBASK (la patronal vasca) o que directivos de
las mutuas representen a la CEOE en diferentes mesas de negociación.
Se continúa manteniendo los órganos de participación: 1) las
comisiones de control y seguimiento, con participación de las organizaciones
empresariales y sindicales, incorporando por primera vez un representante de
las asociaciones de trabajadores autónomos; 2) así como la Comisión de Prestaciones
Especiales, con similar participación, con fondos destinados a ayudar a las
víctimas.
Resulta ilusorio soñar con el control sindical de estas
instituciones, mediante la participación trimestral en las reuniones de forma
gratuita. Pero puede ser útil si es acompañada de una acción sindical
perseverante contra el despotismo de las mutuas, realizando “escraches” u otras
movilizaciones de respuesta.
Consecuencias de la Ley de Mutuas
No cabe duda que, con las nuevas competencias, las mutuas
reducirán el absentismo mediante la presión y el maltrato a los enfermos. Los
inspectores de Sanidad y los médicos de atención de primaria se verán
desbordados y mayoritariamente desistirán de realizar contrainformes de
respuesta a los criterios de la mutua. Por esta razón terminarán imponiéndose
los criterios economicistas, salvo que se reactive la respuesta y la
movilización social. Las mutuas presionarán al enfermo para forzar el alta,
especialmente en el caso de enfermedades psicológicas o músculo esqueléticas,
incluidas las embarazadas, con el agravante de que las mutuas no disponen de
especialistas en dichas patologías.
Aumentará el control con detectives sobre la vida privada del
enfermo. No es casualidad, que sean las mutuas quienes mas demandas de
investigación solicitan a estás agencias. Quien conozca su práctica no tendrá
dudas del aumento automático del “presentismo” por parte de los trabajadores
enfermos, ante el riesgo de ser despedido o declarado “NO APTO” en las empresas.
Las mutuas lograrán alterar las listas de espera para
intervenciones quirúrgicas, favoreciendo al trabajador de baja para su rápida
incorporación laboral, mientras eternizaran la espera de los desempleados o
pensionistas con similar lesión. Igualmente, presionaran a los trabajadores que
han sido despedidos por causar baja para que cojan el alta y así eludir el pago
de las prestaciones, que irán a cargo del desempleo. El carácter universal de
la sanidad pública será cuestionado por los criterios economicistas y aumentará
la desigualdad.
Aunque el control de la incapacidad temporal tiene que
realizarse en las instalaciones y por profesionales de las mutuas, la Ley les
permite realizar conciertos con otros centros privados para acelerar
diagnósticos, favoreciendo el negocio privado de la sanidad. No cabe duda que
el control de la incapacidad temporal por las mutuas favorecerá su estrategia
de ocultar el origen profesional de las enfermedades, eludiendo así sus
repercusiones, incluso para las empresas. Los costes del tratamiento de dichas
enfermedades coadyuvarán a deteriorar los presupuestos de la sanidad pública,
hasta hacerlos insostenibles.
La reducción de las cifras de enfermedad profesional
reconocidas a partir del año 2006, cuando las mutuas asumieron su gestión,
evitó que tuvieran repercusión tras la ampliación del listado de
enfermedades. Es decir, dejo en evidencia las consecuencias de “poner al zorro
al cuidado de las gallinas”.
Las mutuas lograrán en estas condiciones, si no se reactiva la
respuesta sindical, una gestión “rentable”, reduciendo el absentismo: aumentará
la practica de usar mano de obra sana y tirarla cuando deja de ser productiva,
al posibilitar mayores recursos económicos, que serán utilizados para
subvencionar a las empresas, vía incentivos tipo “bonos” por inversiones
preventivas, o se reducirán las cuotas empresariales, como exige la CEOE y las
fuerzas de la derecha política.
Necesidad de un cambio en la orientación sindical
Los sueños de grandeza de algunos dirigentes sindicales, que
veían con envidia la cogestión de las mutuas alemanas, olvidándose del contexto
y correlación de fuerzas, les llevó a volcar sus esfuerzos en tratar de
convencer a las direcciones de la Seguridad Social y la CEOE de las ventajas
del modelo alemán, olvidando mientras tanto la imprescindible respuesta a las
agresiones cotidianas de las mutuas y al aumento de sus competencias en la enfermedad
común, cuya principal consecuencia fue que ganó terreno la perspectiva de
dualizar la sanidad.
En el colmo de la herencia “fidalguista”, las direcciones
confederales de CCOO y UGT, llegaron a firmar acuerdos con la patronal
recogiendo “perlas” como éstas: “Desarrollar un programa específico para la
eficaz gestión de la incapacidad temporal, basado en: La mejora de la
colaboración de las mutuas con la Administración de la Seguridad Social y los
servicios públicos de salud, para el control de los procesos y el acortamiento
del tiempo de recuperación de la salud, con el consiguiente efecto derivado
sobre los costes empresariales y el gasto en prestaciones de Seguridad Social”
o “Mantener la naturaleza jurídica de las mutuas, asegurando su carácter privado
como asociaciones de empresarios…” o “Con el objetivo de eliminar el absentismo
injustificado se elaborara trimestralmente un ratio de evaluación de su
comportamiento…etc.“
Afortunadamente, la actual dirección confederal de CCOO ha
rechazado con firmeza el proyecto de ley de mutuas, en el que las
reivindicaciones mas elementales -como la co-decisión, es decir, que el
concierto con una u otra Mutua en las empresas sea acordada de forma conjunta
por el empresario y la representación de los trabajadores, o lograr una
representación directa en las Juntas Directiva -, han sido arrojadas con
desprecio a la papelera.
Activar la respuesta conjunta
Urge activar la respuesta sindical a las agresiones e
intromisiones de las mutuas en la enfermedad común. Las amenazas y recortes de
prestaciones a los enfermos no pueden abordarse como un problema individual:
urge la respuesta colectiva en defensa de la salud y la defensa de la sanidad
publica.
Algunas experiencias, como las realizadas por CCOO de Euskadi,
pueden orientarnos en la respuesta:
Las concentraciones de delegados frente ASEPEYO, UNIVERSAL y MC
MUTUAL, en respuesta a la extinción de la prestación económica a trabajadores
enfermos lograron modificar la resolución de la Mutua; en algún caso bastó con el
simple aviso a la prensa de la concentración para que cambiase la resolución de
la Mutua.
Es posible impedir en la empresa que la Mutua intervenga en la
gestión de la enfermedad común, introduciendo cláusulas en los convenios que
rechacen el concierto de la empresa con la Mutua. El ámbito de la empresa
permite conocer mejor los motivos de las bajas, quien realiza fraude o las
tiene justificadas. Contra dicho concierto de las empresas con las mutuas se
han producido huelgas en alguna empresa siderúrgica, pues afortunadamente
existe una posición común en el sindicalismo vasco. Así, el convenio de los
empleados públicos del Gobierno Vasco y otras empresas importantes, como la
Papelera de Errenteria, tienen cláusulas que impiden la actuación de las mutuas
en la enfermedad común.
La actividad sindical realizada para visualizar las
enfermedades profesionales, logrando indemnización por miles de euros de
hipoacusias, lesiones de muñeca, silicosis y cánceres derivados del amianto,
entre otras enfermedades, permite ganar apoyos en la respuesta a las mutuas.
Igualmente, urge que los médicos de atención primaria pregunten al enfermo
acerca de su actividad laboral y no solo por sus hábitos de vida, asumiendo la
obligación de comunicar la sospecha del origen profesional de las enfermedades
que diagnostiquen. Lamentablemente, en la mayoría de las ocasiones, en ausencia
de una acción perseverante, el problema se individualiza, resultando siempre
perdedores los enfermos.
Finalmente, no cabe duda, la solución más barata y socialmente
más rentable contra el absentismo es investigar las causas de las enfermedades
y promover medidas preventivas. Según la Agencia Europea de Seguridad y Salud,
los trastornos músculo esquelético, derivados de los movimientos repetitivos, sobreesfuerzos
e intensos ritmos de trabajo, junto al estrés y los riesgos psicosociales, son
las principales causas del absentismo laboral en el Reino de España: su
prevención laboral es posible, rentable y necesaria.
Las mutuas, la CEOE y el PP lo saben, pero no les importa. Su
interés y objetivo es hacer negocio mediante la dualización y la privatización
de la sanidad. Si permitimos que avancen por ese camino, lo lamentaremos. Por
ello, urge la respuesta desde la empresa, los sectores o territorios, promoviendo
una amplia alianza en defensa de la salud y la sanidad pública.