CCOO Defendemos tus derechos

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miércoles, 29 de octubre de 2014

Oferta Libre y Promoción del Personal Laboral



Oferta Libre y Promoción del Personal Laboral

Se están produciendo reuniones con Función Pública para determinar el destino de los números comprometidos en el Real Decreto de Oferta de Empleo Público para el año 2014 y vinculadas a Convenio Único.

La pobreza del Real Decreto mencionado es patente, la pérdida de empleo que propicia des clara. Es cierto que, al menos, en el año 2014 se ha conseguido que se establezca oferta de empleo para Personal Laboral algo que había quedado olvidado en los últimos años, pero con todo no debemos engañarnos, se mantiene una situación de descapitalización completamente inaceptable.
Os recordamos los datos del Real Decreto en donde se enmarca esta negociación nos encontramos con lo publicado en el BOE del 10 de abril de este año:

Nuevo ingreso:
Personal Laboral del Convenio
Ÿ  49 en el cupo general
Ÿ    5 en el cupo de discapacidad general
Ÿ  15 en el cupo de discapacidad intelectual
Promoción:
Personal Laboral del Convenio
Ÿ  142 den el turno general
Ÿ      8 en el cupo de discapacidad general

El proceso de discusión, el poco que existe, se circunscribía a la distribución de lo anterior..

Para nuevo ingreso:


Grupo 1
Grupo 2
Grupo 3
Grupo 4
Grupo 5
Total
IMSERSO
1
3

20
6
30

Tropa y marinería
Oferta real

Defensa
17
7
24
Discapacidad intelectual




15
15





Total
69

Promoción interna:

La distribución por departamentos os la aportamos en un cuadro específico dentro de la información que se anexa.

La propuesta global identificando el grupo al que se accede sería la que sigue:

Grupo 1
Grupo 2
Grupo 3
Grupo 4
Total
25
36
64
25
150
¿Responde a algún criterio esta distribución? No hay forma de que la Administración lo haga conocer. Las decisiones parecen caprichosas y arbitrarias desde el momento en que no hay razones en las que poder sujetarlas.

En el anexo que se adjunta se hace conocer los criterios básicos tanto para promoción como para oferta libre, así como algunos datos de la distribución (Discapacidad intelectual, puestos en el IMSERSO), datos sobre el empleo perdido en el ámbito del Convenio Único en el año 2013 y distribución inicial de la promoción por grupo y departamento.


Por último indicar que la Administración no acepta establecer un itinerario de promoción especial en aquellos casos en que no existan puestos en el grupo inmediatamente superior. Por el contrario, la Administración asume que las pruebas se realicen en días u horas diferentes facilitando que una persona pueda presentarse a más de un proceso.

Os seguiremos informando.
Un  saludo.

Entuertos en la Subcomisión



Entuertos en la Subcomisión
A continuación os hacemos conocer la comunicación que se hace llegar a la Presidencia de la CIVEA y a la Presidencia de la Subcomisión Delegada de la CIVEA en el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
Los déficit de funcionamiento de la Subcomisión, el despliegue de obstáculos que en cada reunión efectúa la representación de la Administración, el absoluto descaro de la Subdirección General de Recursos Humanos del Ministerio a la hora de cuestionar los derechos de información más básicos que pueda corresponder a cualquier tipo de representación de los trabajadores y trabajadoras, pero sobre todo, la falta de voluntad para tratar los problemas reales de la plantilla, la falta de interés en buscar soluciones y un desprecio escandaloso de derechos de quienes trabajamos en este Ministerio o en sus Organismos Autónomos, nos lleva a impulsar la comunicación que aquí os presentamos, comunicación en la que coincidimos la totalidad de la representación sindical en la Subcomisión.



Madrid, 20 de octubre de 2014
El pasado mes de febrero, la totalidad de las centrales sindicales con representación en la Subcomisión del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, CCOO, CIG, CSIF, ELA Y UGT, denunciamos la situación en que se encontraba este foro de participación y negociación. Entre otras cuestiones se ponían de manifiesto déficit vinculados a la información que debiera facilitarse y sobre todo la incapacidad de tratar los problemas reales de la plantilla. El resultado era un desprecio permanente por la negociación colectiva y también a los derechos de quienes trabajamos en el conjunto de organismos que quedan incluidos en esta Subcomisión.
Denunciábamos entonces como la representación de la Administración en el seno de la Subcomisión había desplegado toda una estrategia dirigida a dinamitar el papel de este foro de participación persiguiendo incomprensiblemente vaciarla de contenido y con ello amortizar y reducir a la mínima expresión una mesa que, en buena lógica, debiera servir para poner en común los problemas reales de la plantilla con vínculo laboral en este departamento y buscar la mejores soluciones posibles en claves de consenso.
Sirvió en aquel momento la denuncia para colocar encima de la mesa los peligros que nos acechaban si se pretendía consolidar un esquema de relaciones laborales en el ámbito de este Ministerio que despreciara a la representación de los trabajadores y trabajadoras, y permitió cambiar algunas cosas que desgraciadamente han terminado marchitándose nuevamente en un periodo de tiempo muy corto. El cambio de actitud por parte de la Administración y de la presidencia de esta Subcomisión, ha durado poco, vuelven a aparecer las mismas aptitudes de desprecio por la negociación colectiva y hay una absoluta falta de respeto al III Convenio Único y a los derechos que les corresponden a la plantilla.
En algunos casos se ha llegado a situaciones tan absurdas que resultarían difíciles de creer de no existir las actas en donde quedan recogidas la colección de despropósitos de la representación de la Administración en este foro. Pongamos el foco en uno que ejemplifica perfectamente la situación que se padece:
El pasado 30 de Abril de 2014, en la reunión de Subcomisión Delegada del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, en el grupo de trabajo, se creó un puesto de trabajo por ejecución de sentencia, en la RPT en el CAR de Vallecas, un puesto del Grupo 2 Área funcional 3. La parte social solicitó a la Administración la prueba documental por la que se exige a la Administración la creación de este puesto de trabajo, contestando que en este momento no la presenta a este grupo de trabajo porque la persona que va a ocupar el puesto aún no era trabajadora del Convenio Único.
La parte social guiados por la buena fe en la negociación colectiva, y en aras de agilizar el procedimiento, aceptó las razones de la creación de la plaza, no sin indicar que el esquema de información era cuestionable. Lejos de polemizar se buscó la fórmula para comprometer la información necesaria aunque fuese en un momento posterior. La Administración, según sus palabras, presentará la documentación, cuando la persona que ha demandado a la Administración sea trabajadora del Convenio Único. Se informa favorablemente la creación sin que existan alegaciones.
Han pasado cinco meses y a fecha de hoy la Administración se niega a facilitarnos la documentación comprometida.
Esta aptitud que nos lleva repetidamente al incumplimiento del Convenio, en donde parece válido mentir deliberadamente a la parte social, en donde se falta a los compromisos expresados con anterioridad, se oculta la información y se cuestiona la buena fe que debe gobernar cualquier proceso de negociación, nos coloca, a toda la representación sindical, en una situación completamente insostenible.
La Presidencia de la Subcomisión Delegada da cobijo a todo ello y propicia un esquema en donde la parte social se ve obligada a soportar un trabajo permanente de obstrucción a su labor sindical. Desprecio a la negociación, engaño e incumplimientos son las señas de identidad actuales de la Administración en esta Subcomisión.
La situación es inaceptable y por ello, la centrales sindicales que suscriben esta comunicación, todas ellas con representación en la Subcomisión delegada del MEYSS, requieren de la Administración a que aporte la información necesaria para la realización de la tarea que les corresponde y en concreto, en este caso, que se aporte la sentencia referida para permitir justificar la creación del puesto de trabajo en el CAR de Vallecas, y que con ello podamos recorrer un camino de normalización en la Subcomisión.
Indudablemente, de despreciarse la solicitud que aquí se realiza, no quedará otra opción que explorar vías alternativas de denuncia y mecanismos diferentes de exigencia.


Un saludo

Ganemos Comisiones Obreras, más de 200 sindicalistas firman el manifiesto.

Ganemos Comisiones Obreras, más de 200 sindicalistas firman el manifiesto.
http://www.larepublica.es/2014/10/rebelion-interna-en-comisiones-obreras-mas-de-200-sindicalistas-firman-el-manifiesto-ganemosccoo/

Gaceta Sindical. CCOO y la UNED imparten nuevos cursos formación Relaciones Laborales

Te enviamos el enlace a un nuevo número de Gaceta Sindical, en el que se  informa sobre la apertura del plazo de matriculación en los cursos de Relaciones Laborales que imparte la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), en colaboración con CCOO.
No dejes pasar esta nueva oportunidad. 



Un saludo
Fernando Lezcano
Secretario de Organización y Comunicación de CCOO

lunes, 27 de octubre de 2014

Fiesta Reivindicativa 31 de Octubre - Halloween para dar miedo - Marchas Dignidad-

Fiesta Reivindicativa 31 de Octubre - Halloween para dar miedo - Marchas Dignidad-

Convocadas tres jornadas de huelga en Auto-Res

Convocadas tres jornadas de huelga en Auto-Res

31 de octubre, 7 de noviembre y 5 de diciembre.

Pero que ritmo...



Pero que ritmo...

Por no decir otra cosa.
Esta Subdirección de Recursos Humanos es gloriosa, va a ser inolvidable, dejará huella y sino al tiempo. Veamos algún ejemplo de valía y gestión.

Pongamos el proceso de negociación de la instrucción de productividad para los CETI y para los CAR. Un  proceso que va  sentar un hito irrepetible en el seno de la Administración General el Estado.

Somos conscientes que las dificultades por las que atraviesan este tipo de centros de trabajo, aunque también podemos señalar el reducido volumen de plantilla, algo que siempre simplifica los análisis a realizar, la reflexión, las propuestas a realizar y a encontrar las soluciones que se requieren.

Pero dejemos lo de las soluciones, que estamos lejos de poder hablar de las mismas. Intentemos hacer un breve recordatorio.

¿Cuándo iniciamos la andadura de este grupo de trabajo de Productividad en CETI y CAR? Ni nos acordamos pero que ya en el 2013 estaba funcionando, seguro.
Ha pasado 2013, va a pasar 2014 y seguimos con  el mismo esquema de reparto de la productividad en CETI y CAR.

Llevamos más de un año solicitando, en el grupo de trabajo, en la mesa delegada del Ministerio, las cuantías que se reparten a cada uno de los efectivos. Nunca se han negado a entregarlas pero tras más de un año desde la última petición, seguimos esperando.

Se realizó una aportación por parte de CC.OO. para que la productividad que se diseñase respondiese realmente a un esquema de consecución de objetivos. Se entregó la misma antes del verano. Cinco meses después la Subdirección la sigue estudiando. La verdad, dan ganas de retirarla y ver si somos capaces de obligar a la representación de la Administración a abordar la negociación, aunque sea superficialmente.

Es vergonzoso.

El grupo de trabajo se monta sencillamente como una fórmula para enterrar la discusión. Cuestiones que deberían resolverse en pocas semanas, la Subdirección las empantana y juega a dilatarlas en una burla a la negociación colectiva y con una falta de respeto a la representación de los trabajadores y trabajadoras que transgrede todas las líneas rojas que se pudiesen pintar.
Impresentable.
Meses y meses tirados a la basura. Desprecio completo de los derechos de los trabajadores y trabajadoras, en este caso en los CETI y los CAR. Y la demostración palpable de cómo entiende, el responsable de la Subdirección, la negociación y la interlocución con la representación de la plantilla.

Insistimos, vergonzoso, la Subsecretaría de este Ministerio debería evitar y erradicar este tipo de actitudes. La Subsecretaría de este Ministerio no puede dejar que en el ámbito de este Ministerio se pongan de manifiesto esquemas medievales a la hora de entender las relaciones laborales. La Subsecretaría de este Ministerio debería preocuparse de reconducir estos vicios y le hacemos conocer, que en caso de no evitarlo, no vamos a encargar de recordárselo hasta dar la vuelta a la situación.

Un saludo.

Programas de colaboración social en entredicho



Programas de colaboración social en entredicho

Una sentencia desenmascara el programa de colaboración social de la Comunidad de Madrid

El juzgado de lo social nº 31 de Madrid ha declarado despido improcedente, en la sentencia 311/2014 de 1 de octubre de 2014, estableciendo una relación laboral de un trabajador en desempleo obligado a hacer servicios de colaboración social en el Ayuntamiento de Leganés, dentro del programa financiado por la Comunidad de Madrid de recualificación profesional de desempleados participantes en trabajos temporales de colaboración social.

La juez estima la demanda presentada por CCOO, y establece que el contrato se ha celebrado en fraude de ley: "no cabe duda de que el servicio realizado por el trabajador constituye una actividad ordinaria y habitual en la empresa, dado que se venía realizando antes y se sigue ahora por el personal del ayuntamiento". Por tanto "no tiene amparo en el art. 213.4 de la Ley General de la Seguridad Social, ni el Real Decreto 1415/1982 y, en consecuencia, no juega la exclusión de laboralidad prevista en el primero de tales preceptos y; al no existir tampoco causa válida de temporalidad, la denuncia extintiva formulada por la demandada constituye un despido improcedente, debiendo estimar totalmente la demanda".

Esta sentencia da la razón a las denuncias que CCOO había realizado desde que la Comunidad de Madrid puso en marcha el programa de colaboración social, tanto ante la Inspección de Trabajo como ante el Servicio Estatal de Empleo. Se buscaba sustituir puestos de trabajo y empleos públicos, por personas obligadas a trabajar sin alta en la Seguridad Social, consumiendo su prestación por desempleo y sin condiciones laborales reguladas por convenios colectivos.

La sentencia establece una indemnización por despido para el trabajador. Se ha presentado, a continuación, una demanda de cantidades para que el Ayuntamiento de Leganés abone al trabajador los salarios correspondientes por categoría según el convenio colectivo e ingrese las cotizaciones a la Seguridad Social a las que obliga la relación laboral establecida en la sentencia.
CCOO celebra esta sentencia y está a la espera de las otras 25 demandas similares que ha presentado en la Comunidad de Madrid.

Igualmente CCOO informa que iniciará las acciones legales oportunas ante el nuevo programa de colaboración social convocado por la Comunidad de Madrid para los años 2014 y 2015, si mantiene las mismas irregularidades.

Un saludo.