Oferta Libre y Promoción
del Personal Laboral
Se están produciendo reuniones con Función Pública para
determinar el destino de los números comprometidos en el Real Decreto de Oferta
de Empleo Público para el año 2014 y vinculadas a Convenio Único.
La pobreza del Real Decreto mencionado es patente, la pérdida
de empleo que propicia des clara. Es cierto que, al menos, en el año 2014 se ha
conseguido que se establezca oferta de empleo para Personal Laboral algo que
había quedado olvidado en los últimos años, pero con todo no debemos
engañarnos, se mantiene una situación de descapitalización completamente
inaceptable.
Os recordamos los datos del Real Decreto en donde se enmarca
esta negociación nos encontramos con lo publicado en el BOE del 10 de abril de
este año:
Nuevo ingreso:
Personal Laboral del Convenio
|
49
en el cupo general
5
en el cupo de discapacidad general
15
en el cupo de discapacidad intelectual
|
Promoción:
Personal Laboral del Convenio
|
142
den el turno general
8
en el cupo de discapacidad general
|
El proceso de discusión, el poco que existe, se circunscribía a
la distribución de lo anterior..
Para nuevo ingreso:
|
Grupo
1
|
Grupo
2
|
Grupo
3
|
Grupo
4
|
Grupo
5
|
Total
|
IMSERSO
|
1
|
3
|
|
20
|
6
|
30
|
|
Tropa y marinería
|
Oferta real
|
|
|||
Defensa
|
17
|
7
|
24
|
|||
Discapacidad
intelectual
|
|
|
|
|
15
|
15
|
|
|
|
|
|
Total
|
69
|
Promoción interna:
La distribución por departamentos os la aportamos en un cuadro
específico dentro de la información que se anexa.
La propuesta global identificando el grupo al que se accede
sería la que sigue:
Grupo
1
|
Grupo
2
|
Grupo
3
|
Grupo
4
|
Total
|
25
|
36
|
64
|
25
|
150
|
¿Responde a algún criterio esta distribución? No hay forma de
que la Administración lo haga conocer. Las decisiones parecen caprichosas y
arbitrarias desde el momento en que no hay razones en las que poder sujetarlas.
En el anexo que se adjunta se hace conocer los criterios
básicos tanto para promoción como para oferta libre, así como algunos datos de
la distribución (Discapacidad intelectual, puestos en el IMSERSO), datos sobre
el empleo perdido en el ámbito del Convenio Único en el año 2013 y distribución
inicial de la promoción por grupo y departamento.
Por último indicar que la Administración no acepta establecer
un itinerario de promoción especial en aquellos casos en que no existan puestos
en el grupo inmediatamente superior. Por el contrario, la Administración asume
que las pruebas se realicen en días u horas diferentes facilitando que una
persona pueda presentarse a más de un proceso.
Os seguiremos informando.
Un saludo.