CCOO Defendemos tus derechos

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miércoles, 19 de diciembre de 2012

Instrucción de Jornada y Horarios


Se ha convocado, para hoy lunes 17 de diciembre de 2012, reunión de la Mesa General de Negociación de la AGE (MGNAGE) con un único punto del orden del día: Resolución por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos públicos. Regulación de las ausencia de asistencia al trabajo en la Administración general del Estado.

La instrucción actual requiere una actualización tras los últimos ataques que hemos sufrido y cuya máxima expresión encontramos en el Real Decreto-Ley 20/2012. La que está vigente, BOE 27/12/2005, trata las siguientes cuestiones:

Ÿ  Calendario Laboral
Ÿ  Duración máxima de Jornada (37,50 horas/semana)
Ÿ  Jornada de mañana (Presencia de 9:00 a 14:30 horas)
Ÿ  Jornada de mañana y tarde (De 9:00 a 17:00 horas de lunes a jueves con una 1 hora mínimo de comida)
Ÿ  Flexibilidad horaria (Persona a cargo mayores, menores de 12 años, discapacitados una hora diaria; hijos/as con discapacidad hasta 2 horas; excepcionalmente más de 2 horas; derecho a ausentarse para técnica de fecundación; con hijos/as con discapacidad derecho a ausencia por el tiempo necesario para reuniones de coordinación, etc.)
Ÿ  Jornada y horario de especial dedicación (40 horas/semana)
Ÿ  Jornada reducida por interés particular. (Jornada ininterrumpida de 9 a 14 horas percibiendo el 75% del salario)
Ÿ  Jornada y horarios especiales. Oficinas de registro.
Ÿ  Jornada de Verano. (Del 16 de junio a 15 de septiembre jornada intensiva de 6,50 horas, recuperable)
Ÿ  Justificación de ausencias. (Enfermedad, incapacidad temporal y otras de fuerza mayor). A partir del 4º día de enfermedad presentación del parte de baja. Ausencias y faltas de puntualidad injustificadas dan lugar a una deducción proporcional de haberes.
Ÿ  Control de cumplimiento. Velarán los Jefes/as por ello.
Ÿ  Vacaciones, permisos y licencias. (Vacaciones de mes completo o 22 días hábiles, hasta el 15 de enero del siguiente año y en periodos de 5 días mínimo, no se descuentan de vacaciones ausencias derivadas de IT, maternidad, licencia retribuida, se recogen la mejora de días en función de la antigüedad, vacaciones se puede unir a permisos por nacimiento de hijo, adopción o acogimiento, la maternidad suspende el cómputo de vacaciones) 6 días de permiso no acumulables a vacaciones, días 24 y 31 de diciembre.
Ÿ  Tiempos para la formación. Se consideran tiempo de trabajo efectivo. Se conceden permisos para exámenes finales y pruebas de aptitud y evaluación durante el día de su celebración. Hasta 40 horas con retribuciones básicas para asistir a cursos de perfeccionamiento, permiso no retribuido de hasta 3 meses para cursos de perfeccionamiento no directamente relacionados con el puesto.
Ÿ  Excepciones: No se aplicaba la instrucción al personal docente o laboral del Mº de Educación, ni al personal de Instituciones Penitenciarias, correos y servicios sanitarios. Tampoco al personal en teletrabajo.

¿Qué nos vamos a encontrar?. Ni idea. No se ha remitido borrador o criterio alguno por parte de la Administración y por lo tanto no será hasta esta tarde el momento en el que podamos conocer qué tipo de propuesta pretende la Administración.

¿Por parte de CC.OO.? No hay dudas, nos sirve cualquier tipo de mecánica o método que nos permita recuperar todo o parte de lo que nos han saqueado en los últimos meses. Ahora bien, lo que jamás podremos aceptar es que se pretenda utilizar la Instrucción de Jornada y Horarios para dar otra vuelta de tuerca en el deterioro de nuestros derechos como trabajadores y trabajadoras.

Os seguiremos informando.
Un saludo.

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