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lunes, 3 de junio de 2013

Ultractividad de los convenios colectivos


 La reforma laboral ha trastocado los equilibrios en los procesos de negociación que deben darse entre la representación de los trabajadores y trabajadoras y la representación empresarial para determinar las condiciones de trabajo que deben imperar en cada ámbito.

 Uno de los aspectos en los que centró su atención el Gobierno del PP en dicha reforma, fue en el de dinamitar el elemento principal de garantía del conjunto de trabajadores y trabajadoras en relación a su Convenio como era el de la ultractividad del mismo.

 La característica que aportaba esta ultractividad era que el Convenio, una vez finalizada su vigencia, seguía siendo la referencia y el elemento de regulación de las condiciones de trabajo tanto durante el proceso de renegociación del mismo como durante todo el periodo en el que no fuese posible alcanzar un nuevo acuerdo sobre el mismo.

 En definitiva, se consagraba como derecho mínimo las condiciones de trabajo recogidas en el último Convenio pactado.

 El Gobierno del PP se cepilló esta garantía para todos los trabajadores y trabajadoras de este país y en su mezquina reforma estableció que dicha garantía sólo dura un año. De tal forma que la parte empresarial, transcurrido dicho periodo tras la finalización del Convenio, ya no está obligada a respetar las condiciones que en el mismo se establecían.

 A partir de ese punto la referencia será un Convenio de ámbito superior si éste existiera y en caso contrario nos queda el Estatuto de los Trabajadores y el Salario Mínimo Interprofesional.

 La pérdida de garantías que conlleva la eliminación de la ultractividad también nos afecta en las Administraciones Públicas: el Personal Laboral está regulado por un Convenio, el Convenio Único para el Personal Laboral de la AGE. Si éste concluyera su vigencia entraríamos en un periodo transitorio de un año en el que se mantendría vigente y superado dicho plazo sin alcanzar acuerdo nos quedaríamos sin referencia y sin garantía.

 La situación es excepcionalmente complicada y puede llevarnos a un periodo de permanente conflicto si la parte empresarial quiere aprovechar las armas entregadas por este Gobierno para laminar los derechos de las plantillas.

 El pasado 23 de mayo se ha conseguido firmar un acuerdo que ni mucho menos solventa el agujero abierto por la reforma laboral pero alarga en cierta medida el periodo transitorio y puede permitir buscar los acuerdos posteriores con un mayor margen de comodidad.

 Lo que se acuerda es mantener la ULTRACTIVIDAD de los Convenios en la medida en que se encuentren en proceso de negociación con independencia de tiempo que hubiese transcurrido desde su denuncia.

 No es ni mucho menos una panacea, no es ni mucho menos la solución, permite salvar algunas situaciones pero sigue siendo un mero parche en tanto no seamos capaces de recuperar todo lo que nos han robado en los últimos años.


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