Programas de colaboración
social en entredicho
Una sentencia desenmascara el programa de colaboración social
de la Comunidad de Madrid
El juzgado de lo social nº 31 de Madrid ha declarado despido
improcedente, en la sentencia 311/2014 de 1 de octubre de 2014, estableciendo
una relación laboral de un trabajador en desempleo obligado a hacer servicios
de colaboración social en el Ayuntamiento de Leganés, dentro del programa
financiado por la Comunidad de Madrid de recualificación profesional de
desempleados participantes en trabajos temporales de colaboración social.
La juez estima la demanda presentada por CCOO, y establece que
el contrato se ha celebrado en fraude de ley: "no cabe duda de que el
servicio realizado por el trabajador constituye una actividad ordinaria y
habitual en la empresa, dado que se venía realizando antes y se sigue ahora por
el personal del ayuntamiento". Por tanto "no tiene amparo en el art.
213.4 de la Ley General de la Seguridad Social, ni el Real Decreto 1415/1982 y,
en consecuencia, no juega la exclusión de laboralidad prevista en el primero de
tales preceptos y; al no existir tampoco causa válida de temporalidad, la
denuncia extintiva formulada por la demandada constituye un despido
improcedente, debiendo estimar totalmente la demanda".
Esta sentencia da la razón a las denuncias que CCOO había
realizado desde que la Comunidad de Madrid puso en marcha el programa de
colaboración social, tanto ante la Inspección de Trabajo como ante el Servicio
Estatal de Empleo. Se buscaba sustituir puestos de trabajo y empleos públicos,
por personas obligadas a trabajar sin alta en la Seguridad Social, consumiendo
su prestación por desempleo y sin condiciones laborales reguladas por convenios
colectivos.
La sentencia establece una indemnización por despido para el
trabajador. Se ha presentado, a continuación, una demanda de cantidades para
que el Ayuntamiento de Leganés abone al trabajador los salarios
correspondientes por categoría según el convenio colectivo e ingrese las
cotizaciones a la Seguridad Social a las que obliga la relación laboral
establecida en la sentencia.
CCOO celebra esta sentencia y está a la espera de las otras 25
demandas similares que ha presentado en la Comunidad de Madrid.
Igualmente CCOO informa que iniciará las acciones legales
oportunas ante el nuevo programa de colaboración social convocado por la
Comunidad de Madrid para los años 2014 y 2015, si mantiene las mismas
irregularidades.
Un saludo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario