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miércoles, 29 de octubre de 2014

Oferta Libre y Promoción del Personal Laboral



Oferta Libre y Promoción del Personal Laboral

Se están produciendo reuniones con Función Pública para determinar el destino de los números comprometidos en el Real Decreto de Oferta de Empleo Público para el año 2014 y vinculadas a Convenio Único.

La pobreza del Real Decreto mencionado es patente, la pérdida de empleo que propicia des clara. Es cierto que, al menos, en el año 2014 se ha conseguido que se establezca oferta de empleo para Personal Laboral algo que había quedado olvidado en los últimos años, pero con todo no debemos engañarnos, se mantiene una situación de descapitalización completamente inaceptable.
Os recordamos los datos del Real Decreto en donde se enmarca esta negociación nos encontramos con lo publicado en el BOE del 10 de abril de este año:

Nuevo ingreso:
Personal Laboral del Convenio
Ÿ  49 en el cupo general
Ÿ    5 en el cupo de discapacidad general
Ÿ  15 en el cupo de discapacidad intelectual
Promoción:
Personal Laboral del Convenio
Ÿ  142 den el turno general
Ÿ      8 en el cupo de discapacidad general

El proceso de discusión, el poco que existe, se circunscribía a la distribución de lo anterior..

Para nuevo ingreso:


Grupo 1
Grupo 2
Grupo 3
Grupo 4
Grupo 5
Total
IMSERSO
1
3

20
6
30

Tropa y marinería
Oferta real

Defensa
17
7
24
Discapacidad intelectual




15
15





Total
69

Promoción interna:

La distribución por departamentos os la aportamos en un cuadro específico dentro de la información que se anexa.

La propuesta global identificando el grupo al que se accede sería la que sigue:

Grupo 1
Grupo 2
Grupo 3
Grupo 4
Total
25
36
64
25
150
¿Responde a algún criterio esta distribución? No hay forma de que la Administración lo haga conocer. Las decisiones parecen caprichosas y arbitrarias desde el momento en que no hay razones en las que poder sujetarlas.

En el anexo que se adjunta se hace conocer los criterios básicos tanto para promoción como para oferta libre, así como algunos datos de la distribución (Discapacidad intelectual, puestos en el IMSERSO), datos sobre el empleo perdido en el ámbito del Convenio Único en el año 2013 y distribución inicial de la promoción por grupo y departamento.


Por último indicar que la Administración no acepta establecer un itinerario de promoción especial en aquellos casos en que no existan puestos en el grupo inmediatamente superior. Por el contrario, la Administración asume que las pruebas se realicen en días u horas diferentes facilitando que una persona pueda presentarse a más de un proceso.

Os seguiremos informando.
Un  saludo.

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