CCOO Defendemos tus derechos

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martes, 8 de abril de 2014

NOTA INFORMATIVA PRODUCTIVIDAD POR OBJETIVOS ITSS



NOTA INFORMATIVA
PRODUCTIVIDAD POR OBJETIVOS ITSS

El pasado jueves 3 de abril se celebró reunión del Grupo de Trabajo de la Productividad de ITSS de las que pasamos a informaros.

En primer lugar, hubo queja por nuestra sección sindical del muy escaso tiempo entre la aportación de la documentación solicitada y la reunión, ya que es casi imposible analizar la misma con un mínimo rigor. En relación con lo anterior, a los representantes sindicales no se nos ha facilitado información relevante para la negociación: el montante global de la productividad abonada en 2013, su desglose por categorías de perceptores, (puesto de jefaturas, inspectores/as, subinspectores/as y lo percibido por el personal de estructura), la ratio entre el número de puntos y las órdenes de servicio; es decir, datos fundamentalmente económicos para poder seguir avanzando en la negociación; constituyendo tal omisión un claro ataque al contenido esencial de la Libertad Sindical en su vertiente de negociación colectiva y el derecho de información que deriva de ésta cuya vulneración hace inviable en la práctica aquélla.

A continuación de lo anterior, se efectuó por nuestra sección sindical una exposición detallada del déficit anual del sistema de productividad de la ITSS, que hemos valorado según nuestras propias estimaciones, que no por los inexistentes datos facilitados por el MEYSS, en aproximadamente 4.000.000 de € anuales, sin contar la dotación presupuestaria del personal de estructura, ya que con los datos de que disponemos nos es imposible cuantificarla. De no solucionarse dicho déficit permanente y no coyuntural, cuestión casi imposible, la nueva instrucción de Productividad está abocada al fracaso más absoluto, suponiendo para el personal de inspección activa, de facto, un recorte salarial en la productividad considerable con el mismo trabajo que ahora o un incremento sustancial del trabajo a desarrollar para ganar lo mismo por tal concepto. Asimismo, defendimos desde nuestro sindicato que cuál es el planteamiento de la nueva Instrucción si no se van a endurecer las premisas de su percepción, ya que según la DGITSS únicamente se trata de “reorientar” la actividad inspectora y no de recortar.

Frente a las razones invocadas por nuestra parte del déficit estructural, desde el MEYSS se opuso la inexistencia de más partidas presupuestarias para el complemento de productividad y la imposibilidad de poder conseguir más dotación económica.

Respecto al anexo II de la propuesta de Instrucción, criterios de valoración inicial de órdenes de servicio, desde el MEYSS, representado por la Subdirectora General de Apoyo a la Gestión de la DGITSS, se arguyó que éstas no sufren modificación sustancial alguna, ya que varían un número muy pequeño de aquellos criterios. Desde CC.OO. se defendió que aunque cuantitativamente la modificación es pequeña, cualitativamente tiene su importancia peyorativa. Así, en materia de relaciones laborales se cambia la calificación inicial de D a C1, (de 2 a 1´5 puntos), en la clave 24T: “suspensión del contrato de trabajo sin acuerdo”. Esta materia exclusiva de los/las inspectores/as, tiene una asignación de órdenes importante por lo que esa minoración valorativa incidirá en una mayor carga de trabajo para conseguir los mismos puntos que ahora. En el ámbito de Seguridad Social, la rebaja de la clave 9S: “diferencias de cotización”, que pasa de D a C inicial, (de 2 a 1 punto), tiene una importancia considerable, ya que buena parte de las actas de liquidación y de la recaudación inducida se consiguen por tales diferencias. Por tanto, esa minusvaloración incidirá en una “devaluación interna”, preferimos llamarlo recortes puros y duros, en un 50% de las órdenes de servicio, cuyo número no es precisamente pequeño y baladí.

Lo anterior cabe también afirmarlo de la clave 34S: “no proporcionar certificado de empresa”, que pasa de C a B inicial, de 1 a 0´5 puntos. El número de expedientes remitidos por el SEPE a la ITSS y de las denuncias de trabajadores no es precisamente pequeño, por lo que de nuevo nos encontramos con un recorte valorativo importante del 50%. Por otra parte, en materia de obstrucción a la labor inspectora, la clave inicial 12V: “no identificar a los trabajadores en la empresa” se valorará como B, proponiendo que se calificara inicialmente como C, debido a que las obstrucciones son un factor de penosidad y peligrosidad que hay que valorar.

Desde CC.OO reiteramos nuestro argumento de que las nuevas condiciones de pendencias y de introducción de la clave C1 suponen un endurecimiento de la Instrucción de Productividad. Manifestamos nuestra oposición al nuevo régimen de pendencia de las órdenes de servicio, 15 rogadas de más de 180 días o ninguna de más de un año, y a la prohibición de la irretroactividad de la entrada en vigor de la nueva Instrucción defendiéndose que únicamente las órdenes asignadas a partir de su vigencia fueran afectadas con la pendencia, además de que establezca un régimen transitorio. También rechazamos la valoración C1 por el recorte que significa para el personal de inspección activa, ya que significa que lo que ahora se califica con carácter final cuando existen resultados como D, (2 puntos), pasará a C1, (1´5 puntos); es decir, un 25% menos; así como propusimos que la no limitación de la iniciativa afectase a todos los sectores de actividad, no sólo a la construcción.

Respecto de las pendencias, se postuló que se flexibilizaran los plazos fijados, cuyo incumplimiento daría lugar a la minoración de la calificación final, especialmente en los acuerdos de colaboración que se firman entre la DGITSS y las entidades gestoras que fijan plazos irrealizables y poco acordes con la realidad inspectora. Se siguió insistiendo en lo expuesto el 27 de marzo: la regularización en cómputo anual del sobrante en la productividad individual trimestral, siempre que cada tres meses se realizara una actividad mínima.

Acerca de las situaciones especiales, desde nuestra sección sindical propusimos que mientras durasen aquéllas y en el periodo de incidencias se suspendieran los plazos de pendencias de las órdenes de servicio. Además planteamos una nueva redacción a los apartados quinto y sexto de las situaciones especiales para evitar diferencias de trato injustificadas en la percepción del tramo mínimo y óptimo de productividad entre personas que se reincorporan a la DGITSS desde el disfrute de excedencia, especialmente por cuidado de hijos, (que podría dar lugar a discriminaciones por razón de sexo), los funcionarios de nuevo ingreso por promoción interna frente a aquellos que han ejercido cargos de jefatura o se reincorporan desde el sistema.

Respecto de las incidencias, desde nuestra sección sindical planteamos, en primer término, que se incorpore a la nueva redacción de las órdenes de servicio por recibir cursos en la Escuela de ITSS lo reflejado en la intranet de la ITSS, apartado Escuela, sobre la valoración de las órdenes de servicio, por un principio de seguridad jurídica. También defendimos que para evitar pérdidas adquisitivas en el devengo de la productividad se debería tomar en consideración la siguiente ratio mientras duraran las incidencias y situaciones especiales: número de puntos obtenidos en el año anterior al comienzo del trimestre de incidencias/número de órdenes de servicio. Dicho cociente se aplicaría a cada día hábil de incidencia y situación especial, sin que el resultado pudiera ser inferior a 1´32 puntos por cada uno de ellos para los/las subinspectores/as y 1,13 para inspectores/as. Asimismo, se propuso esa regla para el plazo que media entre el cese en puesto de trabajo y la toma de posesión del nuevo puesto y en los supuestos de subinspectores/as que están en el curso de formación en la escuela de ITSS en los procesos de promoción interna al cuerpo de inspectores/as.

Referente a la Comisión Nacional de Productividad, desde CC.OO. solicitamos que dicho órgano, con cambio de denominación, para a depender de la Mesa Delegada del MEYSS, con reuniones trimestrales, al menos, y donde se ejerciera la información, consulta y negociación en este ámbito, además de que se comunicara preceptivamente de los supuestos de exclusión a los funcionarios de la productividad, emitiendo informe preceptivo sobre aquéllos; pudiendo ser compatible con la existencia de las comisiones provinciales.
Por último, se nos emplazó a una reunión el próximo día 11 de abril para comenzar a abordar los aspectos de la productividad del personal de estructura, previa recopilación y respuesta del MEYSS a lo planteado por la parte social en la reunión del día 3 de abril.

Desde CC.OO. se volvió a plantear que el MEYSS debe aportar antes de esa fecha toda la información económica pedida, a lo que la Subdirectora General de Apoyo a la Gestión de la DGITSS se negó expresamente.

Seguiremos informando

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