NOTA
INFORMATIVA
PRODUCTIVIDAD
POR OBJETIVOS ITSS
El
pasado jueves 3 de abril se celebró reunión del Grupo de Trabajo de la
Productividad de ITSS de las que pasamos a informaros.
En
primer lugar, hubo queja por nuestra sección sindical del muy escaso tiempo
entre la aportación de la documentación solicitada y la reunión, ya que es casi
imposible analizar la misma con un mínimo rigor. En relación con lo anterior, a
los representantes sindicales no se nos ha facilitado información relevante
para la negociación: el montante global de la productividad abonada en 2013, su
desglose por categorías de perceptores, (puesto de jefaturas, inspectores/as,
subinspectores/as y lo percibido por el personal de estructura), la ratio entre
el número de puntos y las órdenes de servicio; es decir, datos fundamentalmente
económicos para poder seguir avanzando en la negociación; constituyendo tal
omisión un claro ataque al contenido esencial de la Libertad Sindical en su
vertiente de negociación colectiva y el derecho de información que deriva de
ésta cuya vulneración hace inviable en la práctica aquélla.
A
continuación de lo anterior, se efectuó por nuestra sección sindical una
exposición detallada del déficit anual del sistema de productividad de
la ITSS, que hemos valorado según nuestras propias estimaciones, que no por los
inexistentes datos facilitados por el MEYSS, en aproximadamente 4.000.000 de
€ anuales, sin contar la dotación presupuestaria del personal de
estructura, ya que con los datos de que disponemos nos es imposible
cuantificarla. De no solucionarse dicho déficit permanente y no coyuntural,
cuestión casi imposible, la nueva instrucción de Productividad está abocada al
fracaso más absoluto, suponiendo para el personal de inspección activa, de
facto, un recorte salarial en la productividad considerable con el mismo trabajo
que ahora o un incremento sustancial del trabajo a desarrollar para ganar lo
mismo por tal concepto. Asimismo, defendimos desde nuestro sindicato que cuál
es el planteamiento de la nueva Instrucción si no se van a endurecer las
premisas de su percepción, ya que según la DGITSS únicamente se trata de
“reorientar” la actividad inspectora y no de recortar.
Frente
a las razones invocadas por nuestra parte del déficit estructural, desde el
MEYSS se opuso la inexistencia de más partidas presupuestarias para el
complemento de productividad y la imposibilidad de poder conseguir más dotación
económica.
Respecto
al anexo II de la propuesta de Instrucción, criterios de valoración inicial de
órdenes de servicio, desde el MEYSS, representado por la Subdirectora General
de Apoyo a la Gestión de la DGITSS, se arguyó que éstas no sufren modificación
sustancial alguna, ya que varían un número muy pequeño de aquellos criterios.
Desde CC.OO. se defendió que aunque cuantitativamente la modificación es
pequeña, cualitativamente tiene su importancia peyorativa. Así, en materia de
relaciones laborales se cambia la calificación inicial de D a C1, (de 2 a 1´5
puntos), en la clave 24T: “suspensión del contrato de trabajo sin acuerdo”.
Esta materia exclusiva de los/las inspectores/as, tiene una asignación de
órdenes importante por lo que esa minoración valorativa incidirá en una mayor
carga de trabajo para conseguir los mismos puntos que ahora. En el ámbito de
Seguridad Social, la rebaja de la clave 9S: “diferencias de cotización”, que
pasa de D a C inicial, (de 2 a 1 punto), tiene una importancia considerable, ya
que buena parte de las actas de liquidación y de la recaudación inducida se
consiguen por tales diferencias. Por tanto, esa minusvaloración incidirá en una
“devaluación interna”, preferimos llamarlo recortes puros y duros, en un
50% de las órdenes de servicio, cuyo número no es precisamente pequeño y
baladí.
Lo
anterior cabe también afirmarlo de la clave 34S: “no proporcionar certificado
de empresa”, que pasa de C a B inicial, de 1 a 0´5 puntos. El número de
expedientes remitidos por el SEPE a la ITSS y de las denuncias de trabajadores
no es precisamente pequeño, por lo que de nuevo nos encontramos con un recorte
valorativo importante del 50%. Por otra parte, en materia de obstrucción a la
labor inspectora, la clave inicial 12V: “no identificar a los trabajadores en
la empresa” se valorará como B, proponiendo que se calificara inicialmente como
C, debido a que las obstrucciones son un factor de penosidad y peligrosidad que
hay que valorar.
Desde
CC.OO reiteramos nuestro argumento de que las nuevas condiciones de pendencias
y de introducción de la clave C1 suponen un endurecimiento de la Instrucción de
Productividad. Manifestamos nuestra oposición al nuevo régimen de pendencia de
las órdenes de servicio, 15 rogadas de más de 180 días o ninguna de más de un
año, y a la prohibición de la irretroactividad de la entrada en vigor de la
nueva Instrucción defendiéndose que únicamente las órdenes asignadas a partir
de su vigencia fueran afectadas con la pendencia, además de que establezca un
régimen transitorio. También rechazamos la valoración C1 por el recorte que
significa para el personal de inspección activa, ya que significa que lo que
ahora se califica con carácter final cuando existen resultados como D, (2
puntos), pasará a C1, (1´5 puntos); es decir, un 25% menos; así como propusimos
que la no limitación de la iniciativa afectase a todos los sectores de
actividad, no sólo a la construcción.
Respecto
de las pendencias, se postuló que se flexibilizaran los plazos fijados, cuyo
incumplimiento daría lugar a la minoración de la calificación final,
especialmente en los acuerdos de colaboración que se firman entre la DGITSS y
las entidades gestoras que fijan plazos irrealizables y poco acordes con la
realidad inspectora. Se siguió insistiendo en lo expuesto el 27 de marzo: la
regularización en cómputo anual del sobrante en la productividad individual
trimestral, siempre que cada tres meses se realizara una actividad mínima.
Acerca
de las situaciones especiales, desde nuestra sección sindical propusimos que
mientras durasen aquéllas y en el periodo de incidencias se suspendieran los
plazos de pendencias de las órdenes de servicio. Además planteamos una nueva
redacción a los apartados quinto y sexto de las situaciones especiales para
evitar diferencias de trato injustificadas en la percepción del tramo mínimo y
óptimo de productividad entre personas que se reincorporan a la DGITSS desde el
disfrute de excedencia, especialmente por cuidado de hijos, (que podría dar
lugar a discriminaciones por razón de sexo), los funcionarios de nuevo
ingreso por promoción interna frente a aquellos que han ejercido cargos de
jefatura o se reincorporan desde el sistema.
Respecto
de las incidencias, desde nuestra sección sindical planteamos, en primer
término, que se incorpore a la nueva redacción de las órdenes de servicio por
recibir cursos en la Escuela de ITSS lo reflejado en la intranet de la ITSS,
apartado Escuela, sobre la valoración de las órdenes de servicio, por un
principio de seguridad jurídica. También defendimos que para evitar pérdidas
adquisitivas en el devengo de la productividad se debería tomar en
consideración la siguiente ratio mientras duraran las incidencias y situaciones
especiales: número de puntos obtenidos en el año anterior al comienzo del
trimestre de incidencias/número de órdenes de servicio. Dicho cociente se
aplicaría a cada día hábil de incidencia y situación especial, sin que el
resultado pudiera ser inferior a 1´32 puntos por cada uno de ellos para los/las
subinspectores/as y 1,13 para inspectores/as. Asimismo, se propuso esa regla
para el plazo que media entre el cese en puesto de trabajo y la toma de
posesión del nuevo puesto y en los supuestos de subinspectores/as que están en
el curso de formación en la escuela de ITSS en los procesos de promoción
interna al cuerpo de inspectores/as.
Referente
a la Comisión Nacional de Productividad, desde CC.OO. solicitamos que dicho
órgano, con cambio de denominación, para a depender de la Mesa Delegada del
MEYSS, con reuniones trimestrales, al menos, y donde se ejerciera la
información, consulta y negociación en este ámbito, además de que se comunicara
preceptivamente de los supuestos de exclusión a los funcionarios de la
productividad, emitiendo informe preceptivo sobre aquéllos; pudiendo ser
compatible con la existencia de las comisiones provinciales.
Por
último, se nos emplazó a una reunión el próximo día 11 de abril para comenzar a
abordar los aspectos de la productividad del personal de estructura, previa
recopilación y respuesta del MEYSS a lo planteado por la parte social en la
reunión del día 3 de abril.
Desde
CC.OO. se volvió a plantear que el MEYSS debe aportar antes de esa fecha toda
la información económica pedida, a lo que la Subdirectora General de Apoyo a la
Gestión de la DGITSS se negó expresamente.
Seguiremos
informando
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