Maternidad y
Constitucional.
Recientemente
una Sentencia del Tribunal Constitucional ha concedido el amparo a una
trabajadora de Justicia de la Comunidad de Madrid que tuvo que posponer el
curso obligatorio para tomar posesión de su plaza, obtenida mediante oposición,
ya que tenía programado el parto para el mismo día en que se iniciaba el curso.
La
decisión inicial de no permitir su toma de posesión se demuestra como una clara
discriminación por razón de sexo y debería obligar a modificar de forma inmediata
toda la normativa para que las funcionarias que se encuentren en licencia por
riesgo durante el embarazo, parto, licencia de maternidad o lactancia, no
puedan ser discriminadas por dicha razón.
El
problema que ha venido a provocar el amparo nace de la decisión de la
Consejería de Justicia de Madrid de no reconocer la antigüedad en el cuerpo de
gestión con carácter retroactivo después de haber aprobado la oposición y verse
obligada a posponer el curso teórico-práctico por estar de parto.
Las
normas que gobiernan este tipo de cuestiones en el ámbito de la Administración
General del Estado son similares y por lo tanto también propician la
discriminación que aquí ha constatado el Tribunal Constitucional por ello
desde CC.OO. nos hemos dirigido a la Dirección General de Función para abordar
las modificaciones legales que sean necesarias que eviten que se reproduzca
esta situación.
Un
saludo.
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